
Wanda Méndez/Wandamende47@gmail.com
Santo Domingo.-RD.- El 27 de julio el Tribunal Constitucional emitió una sentencia que delimitó el rol de las juntas de vecinos y le puso un freno a las restricciones y excesos en que incurren en ocasiones, en violación de derechos fundamentales de los residentes (TC-0684-2026)
Al decidir un recurso de revisión de amparo, el TC consideró que las medidas adoptadas por la Junta de Vecinos del Residencial Estrella Marina, del Distrito Municipal La Caleta, La Romana, consistentes en la difusión de deudas a través de redes sociales, mediante audios, videos y fotografías de los propietarios con atrasos en el pago de mantenimiento, desbordan el ámbito de su potestad legítima y son contrarias al derecho fundamental a la intimidad, protegido por el artículo 44 de la Carta Magna.
Y señaló que la competencia de esa entidad “se circunscribe a informar, de manera exclusiva, a los demás propietarios sobre el estado de las obligaciones comunes y los recursos económicos destinados a su financiamiento.” Este fallo es vinculante a todas las juntas de vecinos, que deben sujetar sus actuaciones al criterio fijado por el TC.
Fuente: Listín Diario: https://listindiario.com/puntos-de-vista/20260805/rol-juntas-vecinos_916707.html
