Tribunal Constitucional deja en estado de fallo acción contra ley penaliza alabanzas al regimen de Trujillo

Santo Domingo. República Dominicana.- El Tribunal Constitucional dejó ayer en  estado de fallo una segunda acción de inconstitucionalidad que procura la nulidad  de la ley número 5880, que establece penas contra las Alabanzas del Régimen Tiránico y Antidemocrático de Trujillo, dictada el 3 de mayo de 1962.

La acción de inconstitucionalidad fue conocida en una audiencia pública encabezada por el presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara,  la cual fue celebrada en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

La instancia fue presentada por el abogado Ruddys Antonio Mejía Tineo, quien pidió declarar la inconstitucionalidad de la legislación, por alegada  violación de los artículos 7,8, 39, 40, 45, 47, 48 y 49 de la Constitución de la República.

La Procuraduría General de la República pidió declarar inadmisible la acción de inconstitucionalidad, a través del procurador adjunto  Emilio Rodríguez Montilla. Mientras,  el Senado solicitó  que sea acogida y la Cámara de Diputados lo dejó a  la soberana apreciación del tribunal.

El Senado estuvo representado por los abogados Alejandro Peña y Fragio Garrido y la Cámara de Diputados por   Tirso Ramírez y Yerri Antonio de Jesús Castillo.

Anteriormente, en diciembre del 2020, el Tribunal Constitucional también dejó en estado de fallo otra instancia de inconstitucionalidad en contra de la ley 5880, la cual todavía está pendiente de decidir por los jueces constitucionales.

Ley de partidos

El Tribunal Constitucional también dejó en estado de fallo una acción de inconstitucionalidad interpuesta por Máximo Antonio Tavárez Peralta contra los artículos 3 y 23 de la Ley  33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que concede facultad a las organizaciones políticas de presentar candidaturas a cargos electivos. 

El accionante pidió a los jueces del TC que incorporen el derecho particular a  los ciudadanos para que puedan presentar candidaturas independientes en cualquier nivel de elección.

La Procuraduría y la Cámara de Diputados pidieron la inadmisibilidad, y  el Senado solicitó que sea rechazada la acción.

Registro Civil

Otra acción de inconstitucionalidad dejada en estado de fallo fue interpuesta en contra del artículo 85 de la Ley 4-23, Orgánica de los Actos del Estado Civil, y el artículo 57 del Código Civil Dominicano, que prioriza el apellido del padre en las acta de nacimiento de los hijos.

Los accionantes, Romina Betsabé Santroni y Fernando Javier Figueroa, demandan que se regule el reconocimiento de los padres de poder elegir el orden de los apellidos en el acta de los hijos y abogan porque se coloque primero el de la madre.

Consideran que los textos legales objetados violan los artículos 39, 55 y 44 de la constitución. 

La Procuraduría solicitó que sea declarada  inadmisible la acción respecto al artículo 57 del código civil y que sea acogida la acción en contra del artículo 85 de la ley 4-23, al entender que transgrede el artículo 39 de la constitución, que consagra el derecho a la igualdad.

El Senado y la Cámara de Diputados pidieron que sea  rechazada la acción de inconstitucionalidad.

Más acciones

Otras acciones de inconstitucionalidad conocidas en la audiencia pública atacan varios artículos de la ley  de Casación y del Código Tributario, entre otros actos.

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